martes, 5 de marzo de 2013

UN CAMINO DE PENITENCIA





Para los cofrades y para el cristiano en general, la Cuaresma es un período también de Penitencia y Arrepentimiento. Pero ¿qué valor tienen, para el perdón de los pecados en cuanto ofensa a Dios, el esfuerzo penitencial del pecador arrepentido y la intervención de la Iglesia?  En el Catecismo de Juan Pablo II, se afirma que la contrición imperfecta o atrición es también un don de Dios debido a la acción del Espíritu Santo. Ahora bien, se aclara que, por sí misma, esta atrición no alcanza el perdón de los pecados graves (cf. número 1453)


El catecismo de la Iglesia católica menciona diversos nombres que ha tomado la penitencia. Son los siguientes:

 -1.- Sacramento de conversión, ya que es un signo de la conversión a la que el mismo Jesucristo ha llamado (cf. Lc 15, 18).
-2.- Sacramento de la confesión, pues una de sus partes principales es la confesión de los pecados cometidos por el penitente.
-3.- Sacramento del perdón, pues a través de la absolución sacramental el penitente recibe el perdón de Dios.
-4.- Sacramento de la reconciliación, pues junto al perdón de Dios se otorga la reconciliación con Dios (cf. 2 Cor 5, 20) y con la Iglesia.


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NECESIDAD DE LA PENITENCIA:


El Concilio de Trento declaró expresamente (Sesión XIV, c.i) que la penitencia era necesaria en toda ocasión para la remisión del pecado grave. Los teólogos han debatido si esta necesidad proviene de un mandamiento positivo de Dios o independientemente de cualquier precepto positivo. El peso de la autoridad está a favor de esta última opinión; además, los teólogos manifiestan que en el orden presente de la Divina Providencia el mismo Dios no puede perdonar pecados si no hay arrepentimiento real (Sto. Tomás, III:86:2; Cayetano, ídem; Palmieri, op.cit. tesis VII).

En la Antigua Ley (Ez, 18, 24) la vida se deniega al hombre que comete iniquidad; incluso “el bien que haya hecho no quedará memoria”; y Cristo reitera la doctrina del Antiguo Testamento, diciendo (Lc, 13, 5): “si no hacéis penitencia, todos pereceréis igualmente”. En la Nueva Ley, por tanto, el arrepentimiento es tan necesario como lo era en la Antigua, arrepentimiento que incluye cambio de vida, dolor por los pecados y seria intención de reparar. 

En la economía salvífica cristiana este acto de arrepentimiento ha sido sometido por Cristo al juicio y jurisdicción de su Iglesia, cuando se trata del pecado cometido después de la recepción del Bautismo (Concilio de Trento, sesión XIV, c.i), y la Iglesia actuando en el nombre de Cristo no sólo declara que los pecados son perdonados, sino que los perdona actual y judicialmente, si el pecador ya arrepentido somete sus pecados al “poder de las llaves” y está dispuesto a cumplir una adecuada satisfacción por el mal que ha hecho. 



LA PENITENCIA COMO VIRTUD MORAL


Toma también el nombre de penitencia porque ésta es la última parte del camino de conversión que, según la teología del sacramento, realiza el penitente para recibir el perdón de sus pecados.

La Penitencia como virtud moral lleva al pecador a arrepentirse de los pecados cometidos, a tener el propósito de no volver a cometerlos y a imponerse por ellos el debido castigo o satisfacción. La Penitencia como sacramento es uno de los siete sacramentos de la Nueva Ley instituidos por Nuestro Señor Jesucristo.

Como era tan sorprendente la divina misericordia dispuesta a perdonar, el Señor fue preparando a sus Apóstoles y a sus discípulos, perdonando Él mismo los pecados al paralítico de Cafarnaúm (Lucas 5,18-26), a la mujer pecadora (Lucas 7,37-50), y prometiendo además a los Apóstoles, la potestad de perdonar o de retener los pecados: "Les aseguro que lo que ustedes aten aquí en la tierra, también quedará atado en el cielo, y lo que ustedes desaten aquí en la tierra, también quedará desatado en el cielo" (Mateo 18,18).

Para que no hubiera duda de que los poderes que había prometido a San Pedro personalmente (Mateo 16,19) y a los demás Apóstoles con él (Mateo 18,18), incluían el de perdonar los pecados "Sopló sobre ellos y les dijo: --Reciban el Espíritu Santo. A quienes ustedes perdonen los pecados, les quedarán perdonados; y a quienes no se los perdonen, les quedarán sin perdonar" (Juan 20,22-23). De otra manera, si la Iglesia no tuviera esa potestad, no podría explicarse la voluntad salvífica de Dios.Jesús Misericordioso




La potestad de perdonar se extiende absolutamente a todos los pecados. Consta por la amplitud ilimitada de las palabras de Cristo a los Apóstoles: "Les aseguro que lo que ustedes aten..."(Mateo 18,18), y por la práctica universal de la Iglesia que, aún en las épocas de máximo rigor disciplinar, absolvía los pecados más aborrecibles una vez en la vida, y siempre en el momento de la muerte; señal evidente de que la Iglesia tenía plena conciencia de su ilimitada potestad sobre toda clase de pecado.

Esa potestad fue conferida sólo a la Iglesia jerárquica, no a todos los fieles. La potestad que tiene la Iglesia es judicial; es decir, el poder conferido por Cristo a los Apóstoles y a sus sucesores implica un verdadero acto judicativo: hay un juez, un reo y una culpa. Se realiza un juicio, se pronuncia una sentencia y se impone un castigo.

El signo sensible del sacramento está constituida por los actos del penitente y las palabras de la absolución. La forma es: "Yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Amén".

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LOS ACTOS DEL PENITENTE SON:

-1) Exámen de conciencia, pidiendo luz al Señor para conocer la propia miseria y a la luz de los 10 Mandamientos de la Ley de Dios y de los 5 Mandamientos de la Santa Madre Iglesia.

-2) Contrición: es el dolor del alma y detestación del pecado cometido. Esta contrición debe ser de todos los pecados cometidos, tanto mortales como veniales.

-3) Propósito de Enmienda, llevándonos a poner los medios necesarios para evitar el pecado y las ocasiones de pecado en la medida de las propias posibilidades, y a reparar el daño que pueda haberse hecho a los demás por el pecado cometido.

-4) Confesión, que es la acusación de los propios pecados al sacerdote. Esta confesión debe ser sincera e íntegra.

-5) Absolución: el sacerdote nos absolverá de nuestros pecados diciendo: "Yo te absulevo de tus pecados en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo".

-6) Satisfacción. La absolución del sacerdote perdona la culpa y la pena eterna (el infierno), y también parte de la pena temporal debida por los pecados (penas del Purgatorio), según las disposiciones del penitente. No obstante, por ser difícil que las disposiciones sean tan perfectas que supriman todo el débito de pena temporal, el confesor impone una penitencia que ayuda a la atenuación de esa pena.

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Efectos del sacramento de la Penitencia:

1.-Infunde en el alma la gracia santificante o la aumenta.
2.-Perdona los pecados, la pena eterna (el infierno) y la temporal (Purgatorio) en todo o en parte. Ver también indulgencias
3.-Nos da fuerzas para evitar los pecados en lo sucesivo, especialmente de aquellos de los que se acusa, ya que con la recepción frecuente de este sacramento se robustece toda la vida espiritual.
4.-Reconcilia con la Iglesia.




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ETAPAS DE LA CONFESIÓN

La penitencia consta de cinco etapas:

    1- Examen de conciencia
    2- Acto de Contrición
    3- Confesión auricular al sacerdote
    4- La Penitencia (Acto de Satisfacción)
    5- La Absolución

Arrepentimiento y contrición

Es tener la intención de no volver a cometer los pecados que se van a confesar (es decir, tener el propósito de enmienda), en atención a la justicia y la misericordia de Dios. El arrepentimiento busca sentir interiormente la culpa por los pecados cometidos, aunque el sentimiento -que es involuntario- en sí no es necesario para hacer una buena confesión; nada más la voluntad -que es libre- es requerida. El arrepentimiento conlleva el deseo de reparar el daño hecho por los pecados cometidos.

Se llama contrición al arrepentimiento nacido del puro amor a Dios; cuando el arrepentimiento proviene más bien del miedo a la condenación eterna, se llama atrición. Ambos tipos de arrepentimiento son válidos para recibir este sacramento.
Confesión

La fase de la confesión consiste en la enumeración verbal de todos los pecados mortales a un sacerdote con facultad de absolver. Los sacerdotes están obligados a guardar en secreto los pecados confesados durante esta fase, lo que se conoce como sigilo sacramental o secreto de arcano. Un sacerdote jamás, bajo ninguna circunstancia, puede romper este secreto. El Código de Derecho Canónico indica que de ser violado, el sacerdote queda automáticamente excomulgado:

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«El sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo».    Código de Derecho Canónico, canon 983,1

La confesión debe ser completa, es decir, debe especificar todos los pecados en tipo y número, así como las circunstancias que modifiquen la naturaleza del pecado mismo (por ejemplo, no se considera el mismo tipo de pecado mentir a una persona cualquiera que mentir a alguien que tenga autoridad sobre la persona). Ocultar conscientemente un pecado invalida la confesión.
Satisfacción

La satisfacción, también llamada penitencia, es una acción indicada por el sacerdote y llevada a cabo por el penitente como reparación por sus pecados.
Absolución

El sacerdote con facultad de absolver, después de haber indicado la penitencia, y haber dado consejos apropiados si le pareciera oportuno o si el penitente mismo lo pide, da la absolución con esta fórmula:

Dios, Padre misericordioso, que reconcilió consigo al mundo por la muerte y la resurrección de su Hijo y derramó el Espíritu Santo para la remisión de los pecados, te conceda, por el misterio de la Iglesia, el perdón y la paz. Y yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo (cf. Catecismo de la Iglesia católica n. 1449).

El penitente responde «Amén».


ORACIÓN DE ARREPENTIMIENTO


1. Oh Señor Todopoderoso, Dios de nuestros antepasados, de Abraham,de Isaac y de Jacob y de sus justos descendientes;



2 . Tú que hiciste el cielo y la tierra con todo su orden;



3. quién encadenaste el mar por tu palabra de comando, que confinó lo profundo y que sellaste con tu terrible y glorioso nombre;



4. en quién todas las cosas se estremecen, y tiemblan ante tu poder,



5. porque tu esplendor glorioso no se puede aguantar, y la cólera de tu amenaza para los pecadores es incalculable;



6. sin embargo, inmensurable e inalcanzable es tu misericordia prometida,



7. Tú eres el Señor Altísimo, de gran compasión, continuo cuidado, y muy misericordioso, y tu te aplacas ante el sufrimiento humano. Oh Señor, de acuerdo a tu gran bondad Tu has prometido arrepentimiento y perdón a los que han pecado contra Ti, y en la multitud de tus misericordias tu has designado el arrepentimiento para los pecadores, para que puedan ser salvados.



8. por lo tanto tu, Oh Señor, Dios de los justos, no has designado el arrepentimiento para el justo, porque Abraham, Isaac y Jacob, no pecaron contra ti, pero tu has designado el arrepentimiento para mí, que soy un pecador.



9. Porque los pecados que he cometido son más en número que la arena del mar; mis transgresiones son multiplicadas, Oh Señor, son multiplicadas! No soy digno mirar para arriba y ver la inmensidad del cielo debido a la multitud de mis iniquidades.



10.  Me siento pesado, como atado con muchas cadenas de hierro, y por eso soy rechazado debido a mis pecados, y no tengo ningún alivio; porque he provocado tu cólera y he hecho lo que es malvado en tu vista, creando abominaciones y multiplicando ofensas.



11.  y ahora doblo la rodilla de mi corazón, implorándote tu amabilidad.







12.  He pecado Señor, he pecado, y reconozco mis transgresiones.



13.  Honestamente te imploro, perdóname, Oh Señor, perdóname! No me destruyas con mis transgresiones! No estés enojado conmigo para siempre, o guardes maldad para mí; no me condenes a las profundidades de la tierra. Porque Tú, Oh Señor, eres el Dios de los que se arrepienten.



 14.  y en mí tu manifestarás tu bondad; porque, indigno aun como yo soy, tú me salvarás de acuerdo a tu gran misericordia,



15.     y yo te alabaré continuamente todos los días de mi vida. Porque toda la multitud del cielo canta tu alabanza, y tuya es la gloria para siempre.



Amen.